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Licencia de actividad para salas de eventos

Las salas de eventos son una de las actividades con mayor variedad de usos: bodas, fiestas privadas, congresos, presentaciones. Eso obliga a diseñar para el escenario más exigente.

Clasificación

Sala de eventos = actividad de pública concurrencia (Llei 11/2009). Según uso principal:

  • Sala polivalente sin música amplificada permanente → licencia ambiental o comunicación según aforo.
  • Sala con música amplificada habitual → requisitos acústicos comparables a bar musical/discoteca.

Puntos críticos del proyecto

  1. Aforo elevado — evacuación dimensionada, salidas múltiples, anchura suficiente.
  2. Acústica — DB-HR cumplido. Si hay música amplificada, limitador y aislamiento extra.
  3. PCI completo — sectorización, alarma centralizada, BIES si supera superficie, plan de autoprotección.
  4. Aseos — número alto según aforo, vestuarios y al menos uno adaptado.
  5. Cocina o office para catering — si hay servicio de comida, requisitos sanitarios.
  6. Horarios — fijados por la Generalitat según tipo de actividad.

Documentación

  • Proyecto técnico arquitectónico, de actividad e instalaciones.
  • Estudio acústico y certificación de aislamiento.
  • Plan de autoprotección visado.
  • Boletines y certificados.

Plazos orientativos

  • Proyecto: 2-3 meses.
  • Licencia ambiental: 4-9 meses.

Preguntas frecuentes

¿Puedo alquilar el espacio para fiestas privadas con música hasta tarde? Si la licencia contempla música amplificada y horario nocturno, sí. Si no, recibirás denuncias.

¿Vale para bodas si tengo licencia de restaurante? Si solo es servicio de comida, puede valer. Si hay música y baile, conviene ampliar licencia.

¿Qué diferencia con una discoteca? La sala de eventos no tiene baile como uso principal regular. La discoteca sí, y tiene categoría propia.

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