Licencia de actividad para salas de eventos
Las salas de eventos son una de las actividades con mayor variedad de usos: bodas, fiestas privadas, congresos, presentaciones. Eso obliga a diseñar para el escenario más exigente.
Clasificación
Sala de eventos = actividad de pública concurrencia (Llei 11/2009). Según uso principal:
- Sala polivalente sin música amplificada permanente → licencia ambiental o comunicación según aforo.
- Sala con música amplificada habitual → requisitos acústicos comparables a bar musical/discoteca.
Puntos críticos del proyecto
- Aforo elevado — evacuación dimensionada, salidas múltiples, anchura suficiente.
- Acústica — DB-HR cumplido. Si hay música amplificada, limitador y aislamiento extra.
- PCI completo — sectorización, alarma centralizada, BIES si supera superficie, plan de autoprotección.
- Aseos — número alto según aforo, vestuarios y al menos uno adaptado.
- Cocina o office para catering — si hay servicio de comida, requisitos sanitarios.
- Horarios — fijados por la Generalitat según tipo de actividad.
Documentación
- Proyecto técnico arquitectónico, de actividad e instalaciones.
- Estudio acústico y certificación de aislamiento.
- Plan de autoprotección visado.
- Boletines y certificados.
Plazos orientativos
- Proyecto: 2-3 meses.
- Licencia ambiental: 4-9 meses.
Preguntas frecuentes
¿Puedo alquilar el espacio para fiestas privadas con música hasta tarde? Si la licencia contempla música amplificada y horario nocturno, sí. Si no, recibirás denuncias.
¿Vale para bodas si tengo licencia de restaurante? Si solo es servicio de comida, puede valer. Si hay música y baile, conviene ampliar licencia.
¿Qué diferencia con una discoteca? La sala de eventos no tiene baile como uso principal regular. La discoteca sí, y tiene categoría propia.
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