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Glosario de licencias de actividad

Los términos técnicos y normativos que aparecen cuando tramitas una licencia de actividad, explicados sin rodeos.

Licencia de actividad
Autorización administrativa, declaración responsable o comunicación previa que habilita el ejercicio de una actividad económica en un local concreto. En Cataluña se rige por la Llei 18/2020 de facilitación de la actividad económica, junto con las normas sectoriales aplicables (Llei 11/2009 de espectáculos públicos, Llei 20/2009 de prevención y control ambiental).
Declaración responsable
Documento mediante el cual el titular declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos para ejercer la actividad. Permite iniciar la actividad sin autorización previa; la administración comprueba a posteriori. Aplica a actividades innòcues y de bajo riesgo según la clasificación de la Llei 18/2020.
Comunicación previa
Acto por el que el titular comunica al ayuntamiento el inicio de una actividad aportando documentación técnica completa (proyecto técnico, memoria, planos, certificaciones). La administración dispone de un plazo para verificar y, en su caso, requerir subsanaciones.
Informe urbanístico previo
Documento emitido por el ayuntamiento que certifica si el uso urbanístico del local es compatible con la actividad pretendida según el planeamiento vigente (POUM). Trámite recomendado antes de firmar el contrato de arrendamiento del local: si el uso no es compatible, la actividad no podrá legalizarse y no hay solución técnica posible.
Pública concurrencia
Concepto definido en el Código Técnico de la Edificación (CTE, DB-SI): locales donde se reúnen un número significativo de personas con fines de espectáculo, cultura, deporte, restauración u ocio. Incluye bares, restaurantes, gimnasios, salas, discotecas, cines, teatros y recintos deportivos. Implica requisitos específicos de evacuación, instalaciones eléctricas (ITC-BT-28 del REBT) y protección contra incendios.
ECA / EIC
Entidad de Control Acreditada (Entitat d'Inspecció i Control en Cataluña). Organismo autorizado por la Generalitat para verificar y certificar instalaciones eléctricas, térmicas y de protección contra incendios antes de su puesta en servicio en locales de pública concurrencia.
Proyecto técnico
Documento completo (memoria, planos, cálculos, pliegos, presupuesto) redactado por ingeniero o arquitecto colegiado, con visado colegial cuando aplica. Exigido en actividades de pública concurrencia o que superen los umbrales de superficie establecidos por la normativa autonómica.
Visado colegial
Trámite por el cual el colegio profesional de ingenieros o arquitectos verifica la autoría y corrección documental del proyecto técnico antes de su presentación ante la administración. Obligatorio para determinadas tipologías de proyecto.
CTE — Código Técnico de la Edificación
Marco normativo edificatorio estatal (RD 314/2006) con exigencias básicas: seguridad estructural, seguridad en caso de incendio (DB-SI), seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA), salubridad (DB-HS), ahorro energético (DB-HE) y protección frente al ruido (DB-HR).
RITE — Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios
Real Decreto 1027/2007 que regula las instalaciones de climatización, agua caliente sanitaria y ventilación en edificios. Establece requisitos de eficiencia energética, mantenimiento e inspección.
REBT — Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión
Real Decreto 842/2002 y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC-BT). Marco para el diseño, ejecución, inspección y mantenimiento de las instalaciones eléctricas de baja tensión. La ITC-BT-28 regula específicamente los locales de pública concurrencia.
RIPCI — Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios
Real Decreto 513/2017 que regula el diseño, instalación, mantenimiento e inspección periódica de los sistemas de protección contra incendios (detección, extintores, BIE, sistemas automáticos de extinción).
POUM
Pla d'Ordenació Urbanística Municipal. Instrumento de planeamiento urbanístico de cada municipio catalán que define usos del suelo, edificabilidad y compatibilidad de actividades. La consulta del POUM es indispensable para determinar la viabilidad de una actividad en un local concreto.
Llei 18/2020 (Cataluña)
Llei de facilitació de l'activitat econòmica. Marco autonómico vigente desde 2020 que clasifica las actividades en innòcues, de bajo riesgo y de riesgo medio, asignando a cada categoría un régimen de intervención administrativa diferenciado (declaración responsable, comunicación previa o autorización).
Obras menores
Modificaciones físicas del local que no afectan a la estructura, fachada principal ni al uso urbanístico: cambios de distribución interior, adaptación de baños a accesibilidad (DB-SUA del CTE), instalación de rampas, modificación de salidas. Requieren licencia previa o comunicación, tramitable en paralelo a la licencia de actividad.